¿Qué es un contrato de interinidad o de sustitución?
El contrato de interinidad está en consonancia con el derecho laboral y es una de las modalidades de contratación temporal. El contrato de sustitución es una figura legal donde se sustituye a un empleado, con derecho a reserva de trabajo, durante un plazo limitado de tiempo. La interinidad también se puede dar para cubrir ese puesto laboral durante la convocatoria y proceso de selección.
Estos son los momentos específicos cuando toma curso el significado de interinidad, de acuerdo a lo tipificado en el Estatuto de los Trabajadores, artículo 15.1.c:
• Contrato de sustitución por baja laboral o contrato de sustitución por incapacidad temporal: Cuando un trabajador se encuentra de baja porque está atravesando una incapacidad de tipo temporal.
• Contrato de sustitución por maternidad: Cuando una trabajadora está en estado de gestación y requiere una sustitución temporal. También se da en los casos de adopción o acogimiento, ya sea con carácter permanente o preadoptivo.
• Cobertura de puesto: Cuando la sustitución solo se produce durante el proceso de selección o bien la promoción del cargo.
• También se puede manejar el contrato eventual por circunstancias de la producción, cuando existen ciertas condiciones o temporadas propias del mercado, como un exceso de pedidos o demasiadas labores a cumplir, lo cual demanda cobertura de puestos.
En este caso solo se permite un contrato máximo de seis meses, habilitados en un plazo de 12 meses.
Las características del contrato de interinidad
El contrato de interinidad presenta ventajas y desventajas, las cuales deberás analizar antes de aceptarlo. Te presentamos las principales características para que construyas tu perspectiva y tomes una decisión.
• Los derechos que supone esta contratación para un trabajador son iguales que el resto de los empleados, lo cual se indica en el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo, en el contrato de interinidad se tiene derecho a vacaciones retribuidas durante 30 días, permisos y otras formas contempladas en la ley.
• Representa bonificaciones para la empresa. Es así como encontramos contrato interinidad bonificado por excedencia debido al cuidado de algún familiar (reducción de la cotización a la Seguridad Social en 95% durante el primer año, 60% en el segundo y 50% al tercero). También se aplica, aunque en otros porcentajes, por maternidad/paternidad, para sustituir a víctimas de violencia de género que tuvieron que cambiar su lugar de trabajo, por situaciones temporales de discapacidad, debido a procesos de formación del personal.
• Es posible aplicar el contrato de relevo cuando la empresa tenga la plaza y la relación de puestos de trabajo para un contrato fijo discontinuo. En este caso, solo se siguen los procedimientos legales y el interino deberá ser llamado al empezar cada campaña anual, hasta que el titular cubra el puesto o finalice la relación laboral.
• En el contrato interinidad no se exige que la persona cumpla exactamente las mismas funciones que el titular, ya que la empresa tiene la potestad de asignar lo que considere conveniente.
• Sobre el salario, el interino cobra lo estipulado por el convenio colectivo que corresponde al nivel profesional del titular que está relevando, sin importar que la empresa asigne funciones inferiores o menos tareas.
• Si se cumple un período de prueba no podrá ser mayor de dos meses o seis en el caso de técnicos titulados. Sin embargo, cuando el contrato de interinidad presenta un plazo de cumplimiento menor a seis meses, la prueba no deberá superar el mes.
• El interino no tiene derecho a ocupar el puesto laboral si el titular no se reincorpora, ya que la empresa es quien tiene la voz para decidir a qué persona contratar para el cargo. Tampoco es posible que bajo dichas circunstancias el contrato pase a ser indefinido.
• La jornada correspondiente para la interinidad es a tiempo completo; a menos que el trabajador sustituido esté contratado a tiempo parcial, cuando la cobertura sea para un puesto de jornada parcial o cuando se suple a alguien que cuida a un familiar.
¿Qué es un puesto de interino y cuánto puede durar un contrato de interinidad?
El puesto de interino es aquel que ocupa una persona temporalmente, a fin de que cumpla las funciones del trabajador titular o desempeñe tareas precisas que indica la empresa, pero siempre y cuando sea por un período, mas no de forma indefinida. El contrato por interinidad cuando se sustituye a alguien con reserva del puesto laboral, no tiene un tiempo estipulado según la ley, pues su duración será de acuerdo a la causa que originó la ausencia.
Por ejemplo, si hablamos de una incapacidad temporal podría tomar meses, al igual que si se tratase de un embarazo de alto riesgo; si es el caso de una víctima de violencia de género estaríamos frente a alguien que tuvo que cambiarse de su centro de trabajo, al menos hasta que su situación sea segura. Es decir, el contrato de interino culminará al reincorporarse el titular o finalizar la relación laboral por diversas causas.
Cuando se trata de una cobertura de puesto solo se permiten tres meses, que es el tiempo idóneo para el proceso de selección o promoción del cargo. Una observación importante es que no es legal realizar un nuevo contrato para esta misma finalidad. En cuanto a la Administración Pública, este tipo de contrataciones para cobertura de puesto tiene un período estipulado que suele ser más largo que en las empresas.
La indemnización en el contrato de interinidad
Debes tomar en cuenta que una vez finalizado el contrato de interinato no se generará indemnización a menos que sea algo previamente especificado en el documento o se haya pactado en el convenio colectivo.
Algunos órganos competentes evalúan si se trata de una trasgresión al derecho del trabajador pero, en este momento, la empresa no está obligada a pagar indemnización, a diferencia de lo que ocurre con un contrato eventual o por obra.
¿Qué tipo de contrato es el 410?
El contrato 410 es otra manera de mencionar el contrato de interinidad por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia, suspensión por paternidad. La bonificación contemplada en la ley para el contrato interinidad SEPE, expresa que se tiene derecho a una bonificación del 100% para las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social, lo cual incluye las cuotas por enfermedades profesionales o accidentes de trabajo.
Puedes encontrar mayores detalles sobre el contrato interinidad 410 en la página del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), donde se especifican las cláusulas con sus incentivos y exclusiones.
Modelo de contrato de sustitución o interinidad
El SEPE contiene modelos de contratos que puedes consultar en cualquier momento vía web, donde explican detalladamente las normativas y cuestiones a tomar en cuenta.
En nuestro caso, mencionaremos los aspectos contemplados en un contrato de sustitución.
• Datos de la empresa.
• Datos de la cuenta de cotización.
• Datos del centro de trabajo.
• Información del trabajador.
• La modalidad contractual de interinidad, sea para sustituir a un trabajador (con su respectiva identificación) o para cubrir un puesto durante el proceso de selección o promoción interna.
• Duración que tiene el contrato.
• Funciones a desempeñar.
• La oficina de empleo correspondiente donde se registrará el contrato, en un plazo de 10 días siguientes a su celebración.
Todo ello se encontrará respaldado en cláusulas, plasmadas con claridad, formalizadas por escrito y entendiendo que solo se procederá a su habilitación cuando las partes firmen voluntariamente. Toda vez que esto se cumpla, se comunicará al SEPE.