Regulación legal del período de prueba (Estatuto de los Trabajadores)
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 14, regula el período de prueba. Estos son sus puntos esenciales:
a) Debe pactarse por escrito en el contrato.
b) Duración máxima:
- 6 meses para técnicos titulados.
- 2 meses para el resto de trabajadores (3 en empresas con menos de 25 empleados).
c) Durante ese tiempo, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin preaviso y sin indemnización.
Esto significa que, en la práctica, mientras dure ese tiempo de prueba, el contrato es mucho más flexible. Si no se fija por escrito, se entiende que no existe período de prueba. Importante: si ya has trabajado antes en el mismo puesto y en la misma empresa, no pueden imponerte un nuevo período de prueba.
¿Se debe avisar antes de finalizar un contrato en período de prueba?
La gran duda. La respuesta es sencilla:
- No es obligatorio avisar con antelación durante el período de prueba, salvo que el contrato o el convenio colectivo establezcan lo contrario.
- Tanto la empresa como el trabajador pueden poner fin a la relación de un día para otro, sin necesidad de justificar nada ni dar explicaciones extensas.
Por ejemplo:
- Si un trabajador empieza el lunes y el viernes decide que no le convence el puesto, puede irse sin más.
- Si la empresa, tras dos semanas, considera que el empleado no se adapta, puede rescindir el contrato en el mismo momento.
Ahora bien, aunque la ley permita esa salida inmediata, en la práctica muchas empresas valoran el gesto de avisar. Si un trabajador comunica con un par de días de margen su decisión, la empresa puede organizarse mejor. Y lo mismo al revés: si la empresa anticipa la salida, da tiempo al trabajador para reaccionar. En resumen: no es obligatorio, pero sí recomendable.
Diferencia entre no superar el período de prueba y un despido
Conviene no confundir estos dos conceptos:
a) No superar el período de prueba
- No requiere causa.
- No hay indemnización.
- Solo se paga el finiquito (días trabajados + vacaciones).
b) Despido común (tras superar el período de prueba)
- La empresa debe justificarlo.
- Existen indemnizaciones según el tipo de despido.
- Hay que cumplir plazos de preaviso en muchos casos.
Por tanto, mientras dure el período de prueba, el contrato es mucho más frágil. El trabajador no tiene la misma protección que cuando ya se ha consolidado el puesto. Sin embargo, el tiempo de prueba sí cuenta para cotizaciones y genera derechos (por ejemplo, al paro o prestaciones futuras).
Consecuencias de no avisar con antelación
Si el trabajador no avisa
- Puede perder la oportunidad de futuras contrataciones en la empresa.
- Si el convenio exige preaviso, la empresa puede descontar días del finiquito.
Si la empresa no avisa
- El trabajador puede sentirse desprotegido.
- Si no hay comunicación por escrito, podrían surgir reclamaciones.
- En casos abusivos, la decisión podría impugnarse.
Por eso, lo mejor es formalizar la decisión por escrito y con un mínimo de margen, aunque la ley no lo demande.
3 ejemplos prácticos y casos habituales
1) Trabajador que quiere marcharse: Laura empieza en una tienda de ropa. A los tres días ve que las condiciones no son como esperaba y decide irse. Puede hacerlo sin dar explicaciones ni esperar un plazo. Aun así, le recomienda su encargado que se lo comunique con un día de margen para no dejar colgado al equipo.
2) Empresa que rescinde sin justificación: Juan trabaja en una oficina. Tras un mes, la empresa considera que no se adapta al ritmo y le comunica que no supera la prueba. No necesita indemnizarle, pero debe darle un documento de fin de contrato y pagarle los días trabajados y la parte proporcional de vacaciones.
3) Contrato temporal en período de prueba: Marta firma un contrato temporal de tres meses con período de prueba de un mes. A las dos semanas la empresa decide rescindir. No es un despido, sino una no superación del período de prueba, y Marta no tiene derecho a indemnización.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Tengo derecho a finiquito si no supero el período de prueba?
Sí. El finiquito incluye el pago de los días trabajados y la parte proporcional de las vacaciones generadas. Lo que no corresponde es indemnización.
¿Cuenta para el paro el período de prueba?
Sí. Los días cotizados cuentan para acumular derecho a prestación. Si el trabajador ya tenía cotizaciones suficientes y la empresa rescinde el contrato, puede pedir el paro.
¿Qué pasa si estoy de baja médica en período de prueba?
La empresa puede extinguir el contrato igualmente, salvo que se trate de un caso que pueda considerarse discriminatorio (por ejemplo, una baja por embarazo).
¿Se puede encadenar más de un período de prueba en la misma empresa?
No. Si ya has trabajado en el mismo puesto y funciones antes, no pueden imponerte otro período de prueba.
¿Y si mi convenio colectivo dice otra cosa?
El convenio puede establecer condiciones más beneficiosas, como exigir un preaviso. Por eso siempre es recomendable revisarlo antes de tomar decisiones.