Índice de contenidos:
21 de noviembre | 2025
Un trabajador que se encuentra de baja médica sí mantiene ciertas obligaciones con su empresa, aunque no esté prestando sus servicios de manera habitual. La incapacidad temporal significa que no puedes trabajar por motivos de salud, pero eso no implica que desaparezcan deberes básicos como, entre otros, los de comunicación, entrega de partes médicos o disponibilidad para revisiones.
Descubre en este post, de forma clara y práctica, qué puedes hacer durante una baja laboral y cómo actuar si te encuentras en esta situación. Cumplir con tus obligaciones te evitará una serie de riesgos además de conflictos con tu compañía permitiéndote que la recuperación se desarrolle sin sobresaltos. Conocer estos compromisos es fundamental para protegerte ante potenciales sanciones o pérdida de prestaciones.
Sigue durante tu incapacidad nuestros útiles consejos y cuida así tanto tus derechos laborales como tu propio empleo.
La baja laboral, también llamada incapacidad temporal (IT), se produce cuando un trabajador sufre una enfermedad o accidente que le impide desempeñar sus tareas laborales durante un tiempo. Los tipos de baja más comunes son:
a) Baja por enfermedad común o accidente no laboral: una gripe grave, una enfermedad crónica o un accidente fuera del trabajo.
b) Baja por accidente laboral o enfermedad profesional: ocurre como consecuencia del trabajo: por ejemplo, una caída en el puesto o daño por exposición a sustancias.
Es importante distinguir entre estos tipos porque los procedimientos, la duración y las coberturas pueden variar (por ejemplo, en el porcentaje de salario que se cubre). Durante la baja, el trabajador cuenta con ciertos derechos fundamentales:
- Prestación económica: una parte de la base reguladora del salario que cubre la pérdida de ingresos durante la baja.
- Reserva del puesto de trabajo: no se puede extinguir el contrato por el hecho de estar de baja (con matices legales).
- Protección frente al despido improcedente o nulo: despidos basados únicamente en estar de baja suelen ser muy cuestionables legalmente.
- Revisión médica: derecho a ser evaluado por los servicios de salud correspondientes.
- Privacidad médica: la empresa no puede exigir detalles excesivos de tu diagnóstico más allá de lo que exige la normativa.
La baja no supone una ausencia total de deberes. Estas son las obligaciones reales y específicas:
1) Notificar la baja y entregar los partes médicos
Uno de los deberes esenciales es informar a la empresa tan pronto como sea posible acerca de la baja. Si no entregas esos documentos a tiempo, puedes generar perjuicios en la gestión de tu caso y dañar tu relación con la empresa. Esto implica:
- Comunicar que estás en situación de incapacidad temporal (por ejemplo, enviar un correo, llamada o mensaje, según lo que pida el convenio o normativa interna).
- Entregar los partes de baja, confirmación y alta dentro de los plazos legales. Estos partes los emite el médico del organismo competente.
2) Mantener informada a la empresa sobre la evolución
Durante la baja puede haber cambios: mejora, empeoramiento, prórrogas. En todos esos casos, la empresa debe estar al tanto:
- En caso de prórroga, entregar el correspondiente parte.
- Si cambian las circunstancias (por ejemplo, pasas a una incapacidad más grave, necesitas tratamientos distintos), informar a la empresa.
- Si decides acudir a otro especialista o cambiar de la atención habitual, comunicarlo si tiene repercusiones en la baja.
Este flujo de información ayuda a evitar que la empresa asuma lo peor o tome decisiones equivocadas.
3) Estar a disposición para revisiones médicas o inspecciones
Durante la baja puede haber revisiones médicas periódicas organizadas por la Seguridad Social o por el organismo competente para verificar que la baja sigue vigente o si procede una recuperación anticipada. El trabajador tiene obligación de:
- Presentarse a esas revisiones si se le cita dentro del horario y lugar indicados.
- No obstaculizar el acceso del médico o entidad responsable.
- Colaborar en la verificación de que la baja es justificada.
Negarse sin causa razonable puede interpretarse como incumplimiento.
4) Cooperar con la empresa en asuntos razonables
Aunque la prioridad es la salud, hay situaciones razonables en las que la empresa puede pedir información o colaboración:
- Por ejemplo, que facilites algún justificante adicional (no diagnóstico completo, sino lo estrictamente necesario).
- Que atiendas comunicaciones respetuosas y razonables (sin exigencias abusivas).
- Que colabores cuando se te requiera para trámites administrativos vinculados con la baja.
Pero esa cooperación no puede ir más allá de lo razonable ni exigir algo que comprometa tu recuperación ni tus derechos legales.
La comunicación con tu empresa durante la baja es una parte esencial. Hay derechos que te protegen frente a exigencias abusivas y buenas prácticas que ayudan a evitar malentendidos.
Qué puede exigir la empresa y qué no
La empresa puede legítimamente:
- Solicitar los partes médicos en plazos razonables.
- Pedir información sobre la duración prevista de la baja (sin entrar en detalles clínicos).
- Contactarte para trámites administrativos (siempre con respeto).
- Recabar tu colaboración para trámites legales relacionados con la baja, prestación, etc.
La empresa no puede:
- Exigir detalles clínicos detallados del diagnóstico (por ejemplo, pedir informes médicos que vulneren tu privacidad).
- Forzarte a realizar tareas o actividades que perjudiquen tu recuperación.
- Hostigarte o presionarte verbalmente para que “te incorpores antes” sin que el médico lo autorice.
- Despedirte simplemente por estar de baja (salvo causas objetivas válidas).
Buenas prácticas de comunicación
Para minimizar conflictos, conviene:
1) Usar medios escritos (correo electrónico, mensajes) siempre que sea posible, para que quede constancia.
2) Ser claro: decir qué partes médicos tienes, las fechas, prórrogas, evolución.
3) Guardar copias de todo lo que entregues (partes, correos, comunicados).
4) Pedir confirmación de recepción cuando envíes documentos.
5) Mantener una actitud colaboradora sin comprometer tu salud ni tus derechos.
Muchos trabajadores se preguntan: “¿Puedo hacer algo mientras estoy de baja? ¿Qué es lo que no puedo hacer?” Aquí lo veremos.
Actividades permitidas
Dependerá de tu dolencia y del dictamen médico, pero en general:
- Realizar actividades cotidianas normales para el autocuidado (como salir, caminar, hacer tareas domésticas suaves).
- Ejercicio moderado si el médico lo permite (por ejemplo, rehabilitación).
- Actividades sociales o de ocio que no contradigan el reposo o tratamiento.
- Cualquier actividad que no interfiera con la recuperación ni contradiga la prescripción médica.
Actividades prohibidas o que pueden generar sanción
- Trabajar en otro empleo remunerado (o no remunerado) que sea incompatible con la dolencia o con el reposo prescrito.
- Realizar tareas que agraven la lesión o retrasen la recuperación.
- Mentir sobre tu estado de salud (por ejemplo, fingir incapacidad).
- No acudir a las revisiones médicas cuando se te cita.
- Actuar con negligencia hacia tu propia recuperación (no seguir tratamiento sin justificación) puede interpretarse como abandono del deber.
No cumplir con las obligaciones durante la baja puede acarrear consecuencias negativas para el trabajador.
Sanciones y pérdida de prestaciones
- La Seguridad Social o el organismo competente puede suspender la prestación económica si detecta un incumplimiento relevante (por ejemplo, no acudir a revisiones o trabajar en otra ocupación incompatible).
- La empresa puede iniciar un expediente disciplinario si considera que has incumplido obligaciones contractuales o normativas.
- En casos graves, el despido podría llegar a considerarse procedente (aunque esto siempre será objeto de litigio y dependerá del caso concreto).
Importancia de pruebas y justificantes
Para proteger tus derechos, en caso de reclamación o litigio, es fundamental:
- Conservar copias de todos los partes médicos que entregues.
- Guardar correos, mensajes, acuses de recibo.
- Si hay visitas médicas u obligaciones que cumplas, asegúrate de que queden respaldadas.