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07 de noviembre | 2023
¿Te has preguntado alguna vez cuáles son tus derechos y obligaciones si tu trabajo te lleva a otro país? Los traslados laborales son mucho más comunes de lo que pensamos y es esencial conocer cómo desenvolverse en esas situaciones. En este post entenderás claramente lo que implica ser un trabajador desplazado y cómo afecta esta situación a tus derechos y responsabilidades laborales.
¿Qué pasa si tus derechos no son respetados? ¿Y si te enfrentas a dificultades en un lugar nuevo? Infórmate adecuadamente para encarar con tranquilidad cualquier desafío que pueda surgir durante tu desplazamiento. Si conoces tus derechos, podrás prevenir contratiempos y maximizar tu bienestar laboral en cada traslado asegurando así una experiencia justa tanto para ti como para la empresa.
Aprovecha al máximo tus desplazamientos de trabajo y asegúrate una experiencia profesional sin contratiempos y repleta de éxito.
Un trabajador desplazado es aquel que la empresa envía a otro país para realizar una tarea específica, generalmente de manera temporal. El empleado debe residir en un lugar distinto a su domicilio habitual, sin que esto implique un cambio definitivo de residencia. El desplazamiento no debe exceder los 12 meses en un periodo de 3 años. La empresa debe cubrir el salario y los gastos de viaje y comida, pero a diferencia de otros traslados, no se incluyen gastos de desplazamiento del núcleo familiar.
Existen obligaciones importantes a tener en cuenta tanto por el trabajador como por la empresa:
a) El empleador debe pagar las cotizaciones sociales en España y realizar el alta correspondiente en el país de destino, de acuerdo a los acuerdos bilaterales.
b) La empresa debe tener su sede principal en España y pagar las cotizaciones correspondientes calculando sobre el salario base.
c) El contrato del empleado se mantiene durante el desplazamiento.
d) La empresa debe demostrar la utilidad de la misión a cumplir.
El trabajador desplazado puede acogerse a las condiciones laborales del país de destino si le resultan más beneficiosas: remuneración, vacaciones pagadas, horas máximas de trabajo o normas de salud, seguridad e higiene en el trabajo. Además, tiene derecho a un alojamiento adecuado y seguro, cuidados especiales por maternidad, igualdad de género, y no discriminación, sin olvidar el derecho a prestaciones sociales y reembolsos por gastos de alojamiento, viaje y manutención.
Ten en cuenta estas 5 importantes condiciones:
1) Los ciudadanos de la Unión Europea no necesitan permisos de trabajo para desplazarse entre Estados miembros.
2) Los trabajadores autónomos no necesitan ningún tipo de permiso para trabajar en la Unión Europea.
3) No es necesario el reconocimiento de cualificaciones profesionales.
4) Los trabajadores desplazados no necesitan registrarse en la Seguridad Social del país de destino si su estancia es inferior a 3 meses ya que se encuentra amparado por la Seguridad Social de la nación de origen. Deben registrarse si superan los 3 meses, pero no acumulan derechos para residencia permanente.
5) Si el desplazamiento es menor a 6 meses, los trabajadores no pagan impuestos sobre la renta en el país de destino.
Si la empresa propone un traslado temporal, el trabajador tiene derecho a conocer:
a) La duración del desplazamiento y la divisa de la remuneración.
b) Beneficios en especie y en metálico.
c) Condiciones de repatriación.
d) País de destino y legislación aplicable.
e) Remuneración según la legislación del país de destino.
f) Complementos por desplazamiento y reembolsos por gastos de viaje, manutención y alojamiento.
Existen 2 tipos principales:
1) Desplazamiento sin cambio de residencia
Es el más común. Ocurre dentro de la jornada laboral, como reuniones con clientes o el mismo recorrido que haces de casa a tu lugar de trabajo. Los empleados pueden usar vehículos propios o de la empresa.
2) Desplazamiento con cambio de residencia
Implica mudarse temporalmente a otra ciudad o país y, por tanto, afecta tanto a la vida personal como profesional. Se da por petición de la empresa por razones varias como cierre de oficinas, apertura de nuevas sedes o ascensos.
Se distinguen 2 tipos:
1) Temporal: Requiere cambio de residencia. La empresa cubre gastos de viaje y comida.
2) Permanente: Se da cuando el trabajador debe viajar a otro país durante más de 3 meses.