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28 de noviembre | 2022
La reforma laboral fue aprobada por Real Decreto Ley el 28 de diciembre de 2021 y ratificada por el Congreso el 3 de febrero de 2022. Esta reforma supone una serie de importantes cambios en la legislación laboral vigente que afecta tanto a trabajadores como empresarios. La reforma recupera una serie de derechos para los trabajadores con respecto a la legislación anterior.
De entre todos los cambios, hemos seleccionado los 9 aspectos más importantes de cómo la reforma laboral afecta a los trabajadores. Asuntos tan importantes como la revisión de la contratación temporal, la implantación del contrato indefinido o el impulso a la negociación colectiva en forma de convenios están entre los más destacados.
Descubre cómo te afecta la reforma laboral y cuáles son los principales beneficios para el trabajador leyendo este artículo que hemos preparado para ti.
La reforma laboral nace para atacar dos problemas elementales en el mercado laboral español. El primero es reducir las preocupantes cifras de contrataciones temporales y, por otro lado, la desigualdad en las discusiones de contratos y negociaciones colectivas. Asimismo, propone la ampliación de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE), con la finalidad de impedir los despidos masivos.
En España, se han dado cinco reformas laborales, en los años 1984, 1994, 2010, 2012, además de la que entró en vigencia el 28 de diciembre de 2021. Esta última es el Real Decreto de Ley 32/2021 y no viene a derogar la anterior pero sí ha provocado grandes cambios en el Estatuto de los Trabajadores.
1. Los contratos temporales fueron eliminados
Solo se permiten contratos temporales en situaciones bien específicas; por ejemplo, producción o sustitución o en la construcción. Así mismo, se establecen límites al encadenamiento de contratos temporales con periodos de referencia de 24 meses. no se puede aplicar contrato temporal si una persona ha estado contratada 18 meses o más en 24 meses, con o sin solución de continuidad.
2. Contratos indefinidos serán obligatorios
Con la reforma laboral, las empresas están obligadas a precisar la causa por la que se termina la relación. De esta manera, los empleadores tendrán un plazo de tres meses (enero–marzo 2022) desde la entrada en vigor de esta ley para que los contratos temporales pasen a indefinidos.
3. Contratos por obras y servicios desaparecen
Para el mes de septiembre del año 2022, los contratos establecidos bajo la modalidad de obra y servicio deben desaparecer por completo. Hasta ese momento se podrán continuar implementando, siempre y cuando tengan una duración menor a los seis meses. Aquellos que se hayan firmado antes de la entrada en vigor de la reforma laboral, se mantienen hasta que concluyan.
4. Contratos fijos–discontinuo para trabajos de temporada
Con esta figura se deben concertar las contrataciones para trabajos vinculados al área productiva, de naturaleza estacional o por temporada. En especial, el sector de la construcción dispondrá de un tipo de contrato fijo, el cual expira con la culminación de la obra.
5. Nacen dos nuevos tipos de contrato por formación
Dos nuevas formas de contratación nacen con esta nueva reforma laboral. El primero es el contrato formativo que se da mientras se están cursando estudios. Mientras que el segundo es, para la práctica profesional; de menores de 30 años de edad, siempre que sea menor a cinco años.
6. Convenio sectorial volverá a privar por el de empresa
Los convenios que se hayan acordado por sectores económicos pasan a imperar por encima de los internos en las compañías. Anteriormente, los patronos o empresarios se desligaban de las medidas adoptadas entre los sindicatos y la representación del empresariado. Con esta modificación, no será posible a menos que el convenio de empresa supere al sectorial.
7. Las condiciones para subcontratación cambian
Con este aspecto se cubre un vacío legal que existía en la ley anterior ya que los empleados que eran subcontratados no estaban respaldados bajo ningún convenio. Ahora, podrán ampararse con el que esté rigiendo el sector en el que estén desempeñándose. También, con el de la empresa si se da el caso de que las condiciones sean mejores que las del contrato sectorial.
8. No se podrán reducir los salarios
Las empresas no pueden reducir los salarios por debajo de lo que el convenio estipule. Por otro lado, la retribución será la que establezca el convenio colectivo cuando ahora podía ser el 60 y 75% de lo que éste fijará.
9. La ultraactividad se mantiene
La ultraactividad indefinida en el convenio colectivo se recupera sin importar si se termina la vigencia establecida. Es decir, el convenio previo sigue siendo válido hasta que se alcance un nuevo acuerdo. Pero no será así, en materia salarial donde regirá el convenio sectorial.
Todos estos cambios están expresados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) Núm: 313, publicado el 30 de diciembre de 2021. En este se modifica el texto refundido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Como ya se había mencionado, esta reforma laboral modifica los Expedientes de Regulación Temporal del Empleo (ERTE), mediante un mecanismo llamado RED Cíclico y Sectorial. Con este se busca reducir la jornada o suspender empleo y se activa a través del Consejo de Ministros. La Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 42, permite que los empresarios modifiquen las condiciones de trabajo como el horario, turnos o salarios.
Con ambas modalidades, se puede acceder a las exoneraciones de la Seguridad Social. Hasta 10000 euros pueden pagar las empresas que cometan infracciones, entre sanciones y multas. El incumplimiento de las normas y las consideraciones contempladas en la Ley de Infracciones y del Orden Social supone un uso fraudulento de la contratación temporal. Muchas de estos cambios se incluyen en la propuesta de reforma constitucional del PSOE.