Conoce el máximo de días que puedes trabajar sin descanso

14 de noviembre | 2025

Introducción

Todavía muchos trabajadores se plantean las siguientes dudas: “¿Puedo trabajar sin disfrutar de días libres?”, “¿Y si mi empresa no respeta los descansos?”, “¿Qué pasa con los menores de edad?”. Nos acercamos aquí a algo que afecta directamente la salud, el bienestar y los derechos básicos de cualquier trabajadorLa ley en España, en principio, te da derecho a un reposo mínimo semanal de día y medio, acumulable por periodos de hasta 14 días.

Te contamos en este artículo, de forma sencilla, qué dice nuestra legislación sobre descansos laborales; el máximo de días que puedes trabajar sin parar; las excepciones que existen así como útiles consejos para trabajadores y empleadores. Evitarás así las terribles consecuencias (dormir mal, estrés continuo o agotamiento físico o mental) que la ausencia de reposo provoca en cualquier trabajador.

Protege ya tus derechos evitando situaciones de explotación laboral o jornadas que afectan tu bienestar y calidad de vida.

Índice de contenidos:

  1. Qué dice la ley sobre el descanso semanal
  2. Máximo de días que se puede trabajar sin descanso
  3. Excepciones y casos especiales
  4. Consecuencias de incumplir la normativa
  5. Consejos prácticos para empleados y empleadores
 

Qué dice la ley sobre el descanso semanal

La base legal fundamental se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el artículo 37.

Estos son los puntos esenciales:

  - Descanso mínimo semanal: los trabajadores tienen derecho a un descanso mínimo de día y medio ininterrumpido cada semana. 

  - Acumulable cada 14 días: este descanso de día y medio se puede acumular durante un periodo de hasta 14 días. Es decir, puedes distribuir los descansos de tal forma que no necesariamente se cumplan cada siete días, siempre que en ese plazo de 14 días se cumpla lo debido. 

  - Cómo suele repartirse: como regla general, ese día y medio incluye la tarde del sábado (o, si no, la mañana del lunes) y el día completo del domingo. 

  - Menores de 18 años: para trabajadores menores de 18 años, el descanso semanal mínimo es de dos días ininterrumpidos.

Además:

  - Hay también normativa sobre los descansos entre jornadas (el tiempo que debe pasar entre un día de trabajo y el siguiente) y descansos dentro de la jornada si ésta es muy larga. Por ejemplo, si la jornada diaria excede de seis horas, la persona trabajadora tiene derecho a una pausa mínima de 15 minutos. 

  - Y el descanso entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente suele fijarse como mínimo en 12 horas.

 

Máximo de días que se puede trabajar sin descanso

Ahora la pregunta central: ¿cuántos días seguidos puedes trabajar sin descansar?

Según lo que marca la ley:

  - Puedes trabajar hasta 13 días seguidos siempre y cuando el día y medio de descanso (o los descansos que correspondan) se acumulen dentro de un periodo de 14 días. Es decir: no tienes que tener un día y medio libre cada siete días si al terminar los 14 días ya se ha cumplido el descanso correspondiente. 

  - En la práctica, eso significa que es legal que trabajes por ejemplo 13 días seguidos, pero al acabar ese periodo de 14 días debes tener al menos día y medio libre. 

  - Si no hay acumulación en convenio colectivo u otro pacto, como regla general el descanso mínimo se debe cumplir semanalmente. Pero la ley permite esa acumulación: el artículo 37 lo autoriza. 

Un ejemplo concreto:

Si una persona trabaja del lunes al sábado de una semana (6 días), y continúa los primeros 7 días de la siguiente semana (lunes, martes, miércoles), podría llegar a trabajar 13 días seguidos siempre que luego tenga el día y medio libre correspondiente dentro del periodo de 14 días.

Lo que no permite la ley

  - No se permite simplemente eliminar descansos bajo ninguna circunstancia sin compensarlos.

  - No se puede prescindir del descanso de 12 horas entre jornadas (o lo que se pacte si el convenio lo mejora) incluso en jornadas acumuladas.

 

Excepciones y casos especiales

Aunque lo anterior es la regla general, hay excepciones o situaciones especiales que modifican lo que se puede hacer. Es importante destacar que aunque haya flexibilidad, las modificaciones no pueden ir por debajo del mínimo legal establecido, ni pueden afectar los derechos básicos del trabajador. Estas son las principales excepcionalidades:

  a) Convenios colectivos: muchos sectores tienen convenios que mejoran los descansos mínimos o establecen reglas especificas sobre la acumulación. En algunos casos limitan la capacidad de acumular descansos o establecen días de descanso obligatorios en momentos concretos.

  b) Sectores con horarios especiales: sanidad, transporte, industria que trabaja de forma continua, servicios de emergencia, hostelería… en estos ámbitos puede haber adaptaciones. Por ejemplo jornadas nocturnas, trabajo a turnos, guardias, servicios esenciales. Algunas de estas adaptaciones permiten mayor flexibilidad o distribución especial del descanso.

  c) Trabajadores menores de 18 años: como mencioné, tienen más protección: dos días de descanso ininterrumpido mínimo cada semana, y la acumulación de descanso puede estar más restringida. 

  d) Situaciones de fuerza mayor, emergencias: en casos excepcionales, cuestiones urgentes o necesidades especiales, puede que se implantan medidas temporales que modifiquen los descansos, pero siempre respetando lo que la ley exige mínimamente.

 

Consecuencias de incumplir la normativa

¿Qué ocurre si la empresa no respeta lo que exige la ley sobre descansos?

  a) Sanciones administrativas: la inspección de trabajo puede imponer multas a la empresa si se detecta que no da los descansos mínimos. Estas sanciones pueden variar en cuantía dependiendo de la gravedad y del número de trabajadores afectados

  b) Derechos del trabajador para reclamar:

       - Puedes acudir a la Inspección de Trabajo.

       - También puedes poner una denuncia o reclamación judicial si has tenido que trabajar sin los descansos que te corresponden.

       - En muchos casos, tienes derecho a que te paguen lo que se ha dejado de respetar (horas extra, descansos no disfrutados…)

  c) Compensaciones: en determinadas situaciones, si no se ha disfrutado el descanso, podría compensarse con descansos posteriores o con pago extra, siempre que lo determine la normativa aplicable o un convenio.

Además, desde el punto de vista personal, los incumplimientos pueden causarte:

  - Desgaste físico y mental.

  - Bajo rendimiento.

  - Problemas de salud (alteraciones del sueño, fatiga, etc.).

  - Conflictos laborales, estrés, absentismo.

 

Consejos prácticos para empleados y empleadores

Estas útiles recomendaciones pueden ayudarte a cumplir la ley y evitarte problemas:

Para trabajadores

  - Infórmate bien de si tu sector tiene un convenio colectivo que modifique lo que marca la ley general. Muchas veces los convenios ofrecen más protección.

  - Vigila los calendarios de trabajo: pide que se te muestre el calendario laboral anual, para ver los descansos previstos.

  - Lleva un registro propio: apunta los días trabajados, los descansos que te han dado, si se han acumulado, etc.

  - No temas reclamar: si consideras que la empresa no respeta tus descansos, consulta con un sindicato, abogado laboralista o con la Inspección de Trabajo.

Para empleadores

  - Planifica los turnos con antelación teniendo en cuenta los descansos mínimos legales.

  - Cerciórate de que los descansos entre jornadas (por ejemplo las 12 horas) se respeten siempre, tanto en planificación ordinaria como en imprevistos.

  - Si usas acumulaciones de descanso, que quede claro en contrato, convenio o acuerdo escrito, para evitar malentendidos o posibles sanciones.

  - Forma al personal de RRHH en la normativa vigente (estatuto, directivas europeas aplicables) para que no haya errores.

  - Mantén un registro exacto de las jornadas laborales y descansos, pues puede ser requerido ante inspecciones.

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