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14 de octubre | 2022
El monto de la prestación por desempleo o paro depende de las contribuciones realizadas a la Seguridad Social en los seis años anteriores a la situación de desempleo. ¿Qué puedes hacer si no tienes derecho al paro o se te ha acabado la prestación? Tanto el Estado como las Comunidades Autónomas ponen en juego diferentes subsidios y ayudas familiares para aquellos que están en una difícil situación económica o riesgo de exclusión social.
En este artículo te señalamos los requisitos para cobrar el subsidio por desempleo y a cuánto puede ascender la prestación. Además, encuentra los 8 tipos de subsidios de desempleo existentes en España, con sus características y requisitos. Aprende también aquí cómo solicitar el paro o un subsidio online. Descubre, así mismo, otras ayudas para situaciones de desempleo: RAI, SED, Ingreso Mínimo Vital o rentas de inserción.
No dejes de cobrar las prestaciones a las que tienes derecho y que te permitirán volver al mercado laboral.
El subsidio por desempleo es el más solicitado en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y está dirigido a todas aquellas personas que están buscando empleo. Los requisitos para cobrar el subsidio son los siguientes:
• Mantener la búsqueda activa de empleo.
• No contar con protección por desempleo, bien sea por la vía contributiva o por la asistencial.
• Poseer rentas menores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y contar con carga familiar.
• Que el último empleo haya cesado de manera involuntaria.
• No ser trabajador independiente.
• No haber cobrado el subsidio por desempleo con anterioridad.
Lo que se va a cobrar por el paro depende de si se trata de una prestación contributiva tradicional. Para calcular la prestación de desempleo se toma en cuenta lo que hayas aportado durante los últimos seis años de tu vida laboral. También se puede solicitar paro por ERTE, algún subsidio o ayuda extraordinaria.
El gobierno español se basa en el IPREM para fijar el monto de los subsidios, actualmente, está fijado en 451,92 euros mensuales. Mientras que el límite de rentas es de 712,50, en función al Salario Mínimo Interprofesional. Los topes no han variado en 2021 porque el SMI no ha aumentado.
Para solicitar subsidio por desempleo debes ser principalmente demandante de empleo y carente de renta, ya que estas son ayudas asistenciales. Tendrá derecho aquel que se encuentre desempleado de forma involuntaria y que no tenga rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). Y en algunos la unidad familiar con hijos menores de 26 años bajo su dependencia económica.
De todos modos, es importante destacar que los requisitos para cobrar el subsidio por desempleo varian de acuerdo a lo planteado por el solicitante; ya que existen ocho tipos de subsidios. Por lo tanto, será necesario estudiarlos individualmente para saber si se tiene derecho a ellos.
1. Por cotización insuficiente: Está dirigido para aquellas personas que al momento de perder el empleo no tienen cotizados los 360 días, que se requieren para el paro tradicional. Ahora bien, si la persona desempleada está casada y con hijos menores de 26 años bajo su responsabilidad, solo necesita tres meses acumulados. En cambio, si no las posee se necesitarán 6 meses.
2. Mayores de 45 años: Este subsidio es para las personas de 45 años de edad que no pueden seguir cobrando la prestación por desempleo y que no tienen carga familiar. Su duración es de máximo seis meses.
3. Mayores de 52 años: Con esta ayuda económica se beneficia a aquellos que han cumplido 52 años hasta la edad de jubilación ordinaria. Para poder solicitarlo debe contar con 15 años cotizados para la jubilación y seis por desempleo en el régimen general.
4. Emigrantes retornados: Las personas que estuvieron fuera de España en países que no tienen convenio bilateral por desempleo, por motivos laborales o que no pertenezcan al Espacio Económico Europeo. Uno de los requisitos indispensables es no tener el derecho a prestación de desempleo.
5. Ayuda familiar: Realmente se llama Subsidio por Agotamiento de la Prestación Contributiva, con Cargas Familiares. Se puede disfrutar desde 18 hasta 30 meses si careces de rentas o agotaste el beneficio de prestación contributiva, siempre y cuando aún no hayas encontrado un nuevo trabajo.
6. Liberados de prisión: Estar inscrito como demandante de empleo es lo principal, que la condena que haya cumplido sea mayor a seis meses. La duración del subsidio es de seis meses y se pueden prorrogar hasta 18 meses siempre que continúe cumpliendo con las condiciones establecidas.
7. Por revisión de una incapacidad: Con esta ayuda económica se cobra el 80 % del IPREM durante seis meses, y se puede renovar por dos periodos más. No debe tener ingresos mayores a 712,50 euros mensuales y haber tenido una incapacidad permanente que ya le haya mejorado. Por lo tanto, ya estaría en capacidad de trabajar.
8. Renta agraria: Los beneficiarios deben estar agrupados a un colectivo de trabajadores eventuales agrarios y con residencia en Andalucía o Extremadura de al menos 10 años. No pueden haber disfrutado ningún otro subsidio agrario en los tres años anteriores a la solicitud. Así como estar inscrito y haber cotizado en el SEASS, no tener rentas y estar inscrito como demandante de empleo.
• RAI y SED: Dentro de los requisitos para cobrar la RAI están ser mayor de 65 años, no tener ingresos de más de 712,50 euros, que el grupo familiar no exceda los topes de rentas y no haberse beneficiado de más de tres Programas RAI. Y Además debe encontrarse en uno de estos escenarios:
o En paradas de larga duración y Emigrantes retornados, ambos mayores de 45 años.
o En casos de violencia de género
o Poseer una discapacidad de más de 33 %.
En cuanto al SED, Subsidio Extraordinario por Desempleo, se gestiona una sola vez por seis meses, para desempleados con carga familiar y no tengan derecho a ninguna contribución.
• Ingreso Mínimo Vital (IMV): No hay requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital, solo pide que las personas cumplan ciertas condiciones de vulnerabilidad económica; ya que no se necesitan cotizaciones por desempleo. Esta ayuda está vigente desde el año 2020.
• Rentas de Inserción Comunidades Autónomas: Son las que disponen en cada Comunidad Autónoma, destinadas a gente carente de rentas, para los cuales se toman en cuenta criterios de asistencia social. Se espera que sean sustituidas de manera progresiva por el IMV.
El SEPE cuenta con el portal web Sede Electrónica desde donde puedes pedir paro online o cualquier otro subsidio. Para ingresar solo se requiere un usuario y contraseña, certificado digital o DNI electrónico. Al entrar al sistema verás el formulario que debes rellenar con la información que allí te soliciten. Solo debes indicar el tipo de prestación que demandas.
En adelante, irás incorporando tus datos personales, domicilio actual, hijos, etc. Presiona el botón Confirmar y procede con la firma de la solicitud, la forma en la que te identificaste para acceder a la plataforma definirá cómo cumplirás este paso. Por ejemplo, si es con usuario y clave, te enviarán un código al teléfono móvil, que tendrás que introducir junto a tu contraseña. Si es con certificado o DNI digital es sólo el código que recibas.
Finalmente, puedes visualizar la información en la planilla, guardarla, imprimirla y leer la nota informativa sobre tus obligaciones como beneficiario.