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18 de septiembre | 2025
Muchas personas se encuentran en una situación complicada tras la pérdida de su cónyuge o compañero. Más allá del duelo emocional, surgen aparecen también serias dudas económicas. Es frecuente la pregunta: ¿Puedo cobrar la pensión de viudedad al mismo tiempo que un subsidio por desempleo? El sistema de protección social en España cuenta con diferentes ayudas pero entender cuáles son compatibles y cuáles no puede resultar complicado.
Te explicamos de forma sencilla en este post si es posible cobrar ambas ayudas a la vez, cuáles son los requisitos y qué limitaciones existen. Todo depende del tipo de subsidio y de los ingresos que percibas. Te dejamos, además, útiles consejos para evitar errores y potenciales sanciones además de ofrecerte diferentes alternativas en caso de que no puedas acceder a ambas.
Sigue leyendo y asegúrate de no dejar pasar una prestación que puede marcar una gran diferencia en tu vida.
La pensión de viudedad es una prestación económica que se otorga a la persona que ha perdido a su cónyuge o pareja de hecho registrada, siempre que se cumplan determinados requisitos. Es una de las prestaciones contributivas de la Seguridad Social. La pensión puede cobrarse de forma indefinida siempre que no cambien las circunstancias del beneficiario.
Requisitos generales:
- Que el fallecido/a estuviera dado de alta en la Seguridad Social o tuviera derecho a una pensión.
- Que el matrimonio o la pareja de hecho fuera legalmente reconocida.
- Que el beneficiario no se haya vuelto a casar (salvo en casos especiales).
Cuantía:
- Generalmente, la pensión de viudedad equivale al 52% de la base reguladora del fallecido.
- Puede llegar hasta el 70% si existen cargas familiares y se cumplen ciertas condiciones de ingresos.
El subsidio por desempleo es una ayuda económica que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las personas que no tienen derecho a la prestación contributiva de desempleo (el paro) o que ya la han agotado.
Existen varios tipos de subsidio:
- Por insuficiencia de cotización.
- Para mayores de 45 años.
- Para mayores de 52 años.
- Para personas con responsabilidades familiares.
Requisitos comunes:
- Estar en situación legal de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo.
- No superar un determinado límite de ingresos mensuales (75% del SMI por persona en 2025).
Cuantía:
- La cuantía fija del subsidio es el 80% del IPREM, lo que equivale a unos 480 euros al mes en 2025.
La duración depende del tipo de subsidio y de la situación del solicitante.
La pregunta clave es: ¿puedo cobrar ambos ingresos a la vez? La respuesta es: depende del tipo de subsidio y de los ingresos totales que tenga la persona.
Posibles casos de compatibilidad:
- Si los ingresos del beneficiario, incluyendo la pensión de viudedad, no superan el límite de rentas establecido por el SEPE, se puede acceder al subsidio.
Por ejemplo, si una persona cobra 600€ de pensión de viudedad al mes y el límite de rentas es de 750€ mensuales (75% del SMI), sí podría solicitar el subsidio, siempre que cumpla el resto de requisitos.
Casos de incompatibilidad:
- Si la pensión de viudedad supera el límite de rentas personales, el SEPE considerará que no hay carencia económica y, por tanto, denegará el subsidio.
Subsidio para mayores de 52 años:
- Es un subsidio especial porque se cotiza a la Seguridad Social mientras se percibe.
- Es compatible con la pensión de viudedad siempre que no se supere el límite de ingresos personales.
En resumen: no hay una incompatibilidad automática pero sí hay que tener en cuenta los ingresos y el tipo de subsidio.
Para saber si puedes cobrar ambas prestaciones, es clave entender los límites de ingresos.
Límite general de ingresos (2025):
- 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) por persona y mes.
- El SMI en 2025 está en torno a los 1.000€ mensuales, por lo tanto, el límite sería unos 750€/mes.
Ingresos que se computan:
- Pensión de viudedad.
- Ingresos por alquileres, intereses bancarios, trabajos esporádicos, etc.
- No se cuentan ayudas sociales como becas o el IMV en algunos casos.
Ejemplo práctico:
Ana es viuda y cobra 680€ de pensión. No tiene otros ingresos. Como no supera el límite, podría acceder al subsidio para mayores de 52 años.
Si ya estás cobrando la pensión de viudedad o un subsidio y te planteas solicitar el otro, es importante informarte antes y actuar correctamente.
4 pasos recomendados:
1) Consulta en el SEPE tu situación personal.
2) Calcula tus ingresos mensuales.
3) Comprueba si cumples los requisitos económicos.
4) Presenta la solicitud correspondiente.
Importante:
- Debes notificar cualquier cambio de ingresos al SEPE o a la Seguridad Social.
- Si no lo haces y cobras indebidamente, podrías enfrentarte a devoluciones de dinero o incluso sanciones.
Si no puedes acceder a uno de los subsidios o tu pensión es muy baja, existen otras opciones:
- Es compatible con la pensión de viudedad si no se superan los umbrales.
Complementos a mínimos:
- Si tu pensión es inferior a la mínima establecida, puedes solicitar un complemento.
Ayudas autonómicas o municipales:
- Algunas comunidades ofrecen ayudas al alquiler, alimentos, energía, etc.
- Puedes informarte en los servicios sociales de tu ayuntamiento.