¿Debes reincorporarte si has impugnado una baja médica?

06 de junio | 2025

Introducción

Cada vez es más común que los trabajadores decidan impugnar una baja médica cuando consideran que la mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) les ha dado el alta de manera injusta. Es una situación que genera muchas dudas legales y una de las más frecuentes es: ¿debo volver a trabajar mientras se resuelve la impugnación? Es esencial contar con toda la información para actuar con responsabilidad si te encuentras en este caso.

Analizamos en este post, de forma clara y sencilla, qué obligación tiene el trabajador en estas circunstancias, las consecuencias de su decisión y qué dice la jurisprudencia al respecto. El hecho de no reincorporarte a tu puesto podría acarrearte sanciones, pérdida de derechos e incluso un despido. Por otro lado, volver al trabajo estando mal puede empeorar tu salud y complicar aún más tu situación legal.

Sigue leyendo y descubre cómo actuar con seguridad y proteger tus intereses en caso de impugnación de baja médica.

Índice de contenidos:

  1. ¿Qué significa impugnar una baja médica?
  2. Obligaciones del trabajador tras la impugnación
  3. ¿Qué pasa si no te reincorporas?
  4. ¿Qué dice la jurisprudencia en España?
  5. 6 útiles consejos legales
  6. Preguntas frecuentes (FAQ)
 

¿Qué significa impugnar una baja médica?

Cuando una persona está de baja por enfermedad o accidente laboral y el médico emite el alta, puede que el trabajador no esté de acuerdo con esa decisión. Impugnar una baja médica significa presentar una reclamación para que esa alta sea revisada. La impugnación puede dirigirse al INSS si la decisión proviene de una mutua, o directamente a la propia Seguridad Social si fue esta la que emitió el alta. 

Es un procedimiento administrativo (y, en ocasiones, judicial) que busca que un médico evaluador independiente revise si realmente estás en condiciones de reincorporarte al trabajo. El plazo para impugnar es muy corto: sólo 11 días hábiles desde la notificación del alta. Y mientras se resuelve, surge la duda: ¿vuelvo a trabajar o no?

 

Obligaciones del trabajador tras la impugnación

Aquí llega el punto clave: en principio, sí debes reincorporarte a tu puesto de trabajo, incluso si has impugnado la baja. La norma general dice que la decisión de alta tiene efectos inmediatos, aunque no estés de acuerdo. No reincorporarse podría considerarse como una falta de asistencia injustificada, salvo que haya una resolución judicial o administrativa que diga lo contrario.

Ahora bien, hay un matiz importante: si la impugnación se presenta dentro del plazo legal y el INSS acepta a trámite la revisión, en algunos casos se puede suspender temporalmente la obligación de trabajar hasta que se resuelva. Pero esto no ocurre automáticamente: hay que recibir una notificación expresaAsí que, si no tienes esa confirmación, lo más prudente es reincorporarte mientras se estudia tu caso.


 

¿Qué pasa si no te reincorporas?

Si no vuelves al trabajo tras recibir el alta, y no tienes una resolución que diga lo contrario, la empresa puede considerar que has cometido una falta laboral. Esto puede derivar en una amonestación, una suspensión de empleo y sueldo, e incluso en un despido disciplinarioEs importante tener en cuenta que no basta con decir que te encuentras mal. Si no tienes justificación médica oficial que lo avale, estarás incumpliendo tus obligaciones laborales.

Eso no quiere decir que pierdas la impugnación, pero sí puede complicarte mucho las cosas si finalmente el INSS confirma el alta y tu empresa ha iniciado medidas disciplinarias. Por eso, muchos abogados aconsejan reincorporarse 'bajo protesta', es decir, dejando constancia por escrito de que no estás de acuerdo con el alta pero cumples por obligación legal.

 

¿Qué dice la jurisprudencia en España?

La jurisprudencia ha sido clara en muchos casos: la decisión de alta es ejecutiva e inmediata, salvo que una resolución específica diga lo contrario. Por ejemplo, el Tribunal Supremo ha considerado válido el despido de trabajadores que no se reincorporaron tras recibir el alta, a pesar de haberla impugnado. Además, ha dejado claro que la impugnación no suspende por sí misma la obligación de reincorporarse.

Eso sí, también existen casos donde se ha considerado el despido improcedente si se demostró que el trabajador seguía realmente enfermo y no podía desempeñar su trabajo, sobre todo si contaba con informes médicos posteriores que respaldaban su estado. Cada caso es distinto, pero la tendencia general de los tribunales es apoyar la reincorporación salvo que haya una orden en contra.


 

6 útiles consejos legales

Si estás en esta situación, estas 6 recomendaciones te pueden ser de gran utilidad:

1) Consulta con un abogado laboralista nada más recibir el alta, si consideras que no estás en condiciones de volver a tu trabajo.

2) Presenta la impugnación dentro de los 11 días hábiles. Si se te pasa el plazo, pierdes tu derecho.

3) Informa por escrito a la empresa de que has impugnado la baja y que te reincorporas 'bajo protesta'.

4) Guarda toda la documentación médica que acredite tu estado de salud.

5) Evita ausentarte sin justificación oficial. Aunque te sientas mal, sin un nuevo parte de baja estarás en situación delicada.

6) Sigue los procedimientos de la mutua o el INSS con precisión. Un fallo formal puede invalidar tu reclamación.

 

Preguntas frecuentes (FAQ)

- ¿Y si estoy esperando una resolución del INSS, puedo quedarme en casa? Sólo si te lo notifican por escrito. Mientras tanto, la obligación general es reincorporarse.

- ¿Puedo ir al trabajo y a la vez seguir con el proceso de impugnación? Sí, eso es lo más común y lo legalmente más seguro.

- ¿Y si me reincorporo y luego gano la impugnación? Te reconocerán los días como baja y se podría rectificar la situación, incluso con efectos económicos retroactivos.

- ¿Puede la empresa obligarme a hacer tareas diferentes si me reincorporo? Sólo si están dentro de tu contrato y no afectan a tu salud. Si no, también puedes impugnar esa situación.

- ¿Y si tengo miedo de que me despidan por reincorporarme mal? En ese caso, conviene tener un informe médico privado adicional y hablar con un abogado.

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